Custodia compartida en Granada · Abogado de familia
La custodia compartida es hoy el modelo preferente para los tribunales cuando se dan las condiciones. Te ayudamos a acreditarlas y defenderlas.
Qué es la custodia compartida
La custodia compartida permite que ambos progenitores participen de forma equilibrada en la crianza y cuidado de sus hijos tras la ruptura. No siempre implica reparto al 50%: lo importante es la corresponsabilidad y la implicación efectiva.
Qué valoran los tribunales
- Relación de los menores con cada progenitor
- Estabilidad familiar y emocional
- Capacidad de cooperación entre los padres
- Disponibilidad horaria y laboral
- Cercanía entre domicilios
- Edad y opinión de los menores
- Informe psicosocial, cuando se acuerda
Estrategia probatoria
La defensa adecuada de tus intereses puede resultar determinante para obtener un régimen de custodia favorable. Preparamos la prueba documental, testifical y pericial necesaria para acreditar tu implicación real en la crianza.
Preguntas frecuentes
¿Se concede la custodia compartida si la otra parte se opone?+
Sí. Los tribunales la otorgan incluso sin acuerdo cuando se acredita que es lo más beneficioso para los menores.
¿Qué edad mínima tienen los hijos para opinar?+
A partir de los 12 años se les escucha de forma obligatoria. A los menores de 12 también se les puede oír si tienen suficiente madurez.
¿La custodia compartida elimina la pensión de alimentos?+
No necesariamente. Si hay desequilibrio económico relevante entre los progenitores, sigue siendo obligatorio fijar pensión.
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