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Derecho de familia · Granada

Medidas provisionales en el divorcio en Granada

Las medidas provisionales regulan la custodia, la vivienda y las pensiones mientras se tramita el divorcio, de modo que la familia no quede sin reglas durante el procedimiento.

Respuesta breve

Las medidas provisionales regulan la custodia, la vivienda y las pensiones mientras se tramita el divorcio, de modo que la familia no quede sin reglas durante el procedimiento.

Qué son las medidas provisionales

Son las decisiones que el juzgado adopta al inicio o durante el procedimiento de separación, divorcio o medidas paterno-filiales para ordenar la convivencia hasta que exista sentencia. Se regulan en los artículos 102 a 106 del Código Civil y en la Ley de Enjuiciamiento Civil, y pierden vigencia cuando la sentencia establece las medidas definitivas.

Qué se puede acordar

El contenido depende de la situación familiar y de la prueba aportada:

  • Guarda y custodia de los hijos y régimen de estancias
  • Uso de la vivienda y del ajuar familiar
  • Pensión de alimentos y reparto de gastos
  • Contribución a las cargas del matrimonio
  • Administración de bienes comunes
  • Pensión compensatoria provisional, cuando procede

Provisionalísimas y coetáneas

Las llamadas medidas provisionales previas o «provisionalísimas» pueden pedirse antes de presentar la demanda, con la obligación de presentarla después en el plazo legal. Las coetáneas se solicitan junto con la demanda. La elección de una u otra vía depende de la urgencia real y de cómo esté preparada la documentación.

Plazos: qué se puede y qué no se puede prometer

La vista de medidas provisionales suele señalarse con preferencia respecto de otros trámites, pero el señalamiento concreto depende de la agenda del juzgado de familia que conozca del asunto, de la complejidad del caso y de la prueba propuesta. Ningún abogado puede garantizar una fecha ni el sentido de la resolución.

Cómo preparamos la solicitud en Granada

Reunimos la documentación económica y familiar, concretamos qué medida se pide y por qué, y proponemos la prueba desde el primer escrito. Nos coordinamos con procurador para la presentación y el seguimiento ante el juzgado que corresponda por el domicilio familiar.

Contenido informativo de carácter general basado en la normativa española de derecho de familia; no constituye asesoramiento jurídico ni crea relación abogado-cliente. Última revisión: septiembre de 2026. Para tu caso concreto, consulta con un abogado.

Preguntas frecuentes

¿Cuánto tardan en resolverse las medidas provisionales?+

Se tramitan con preferencia, pero el plazo real depende de la carga del juzgado, de la complejidad del asunto y de la prueba. No es posible garantizar una fecha concreta.

¿Puedo pedir medidas antes de presentar la demanda de divorcio?+

Sí, mediante medidas provisionales previas. Una vez adoptadas, la demanda principal debe presentarse dentro del plazo legalmente previsto para que mantengan su eficacia.

¿Las medidas provisionales condicionan la sentencia?+

No la determinan, pero la situación creada durante el procedimiento suele valorarse. Por eso conviene plantearlas bien desde el principio.

¿Se pueden modificar antes de la sentencia?+

Pueden revisarse si se acredita un cambio relevante de circunstancias durante la tramitación.

¿Necesito abogado y procurador?+

Sí. En los procedimientos de familia es preceptiva la intervención de abogado y procurador.

Sin sorpresas

Qué ocurrirá después de contactar

Los plazos de respuesta que indicamos son los del despacho. La duración de un procedimiento judicial no depende de nosotros: varía según la carga de trabajo del juzgado, la complejidad del asunto, la prueba que deba practicarse y los recursos que se interpongan.

1. Primer contacto

Escribes por WhatsApp, llamas o envías un correo. En el primer mensaje basta con una descripción general: no hace falta que incluyas datos sensibles.

2. Respuesta del despacho

Contestamos en horario laborable, normalmente dentro de las 24 horas hábiles siguientes, y proponemos una cita presencial o por videollamada.

3. Primera consulta y documentación

Revisamos tu situación y te indicamos qué documentación aportar: DNI, libro de familia, certificado de matrimonio, últimas nóminas y declaración de la renta, escrituras o contrato de alquiler de la vivienda y, si existe, sentencia o convenio anterior.

4. Valoración de opciones y presupuesto

Te explicamos por escrito las vías posibles (acuerdo, mediación o procedimiento contencioso), los riesgos de cada una y el coste estimado de nuestros honorarios antes de iniciar nada.

WhatsApp es un canal cómodo para un primer contacto, pero no lo utilices para enviar datos económicos, médicos o procesales. Esa información la trataremos por un canal seguro, informándote antes del uso que se dará a tus datos.

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